La Dirección General de Tráfico (DGT) clasifica los vehículos matriculados en España según su potencial contaminante. Las zonas de bajas emisiones (ZBE) usan esta clasificación para decidir qué vehículos pueden circular y cuándo.
Las cuatro etiquetas
- 0 (azul): vehículos eléctricos de batería, eléctricos de autonomía extendida, híbridos enchufables con al menos 40 km de autonomía eléctrica y vehículos de pila de combustible.
- ECO: híbridos enchufables con menos de 40 km de autonomía, híbridos no enchufables y vehículos de gas (GNC, GNL o GLP) que además cumplan los criterios de la etiqueta C.
- C (verde): turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados desde enero de 2006 (Euro 4, 5 o 6) y diésel desde septiembre de 2015 (Euro 6).
- B (amarilla): turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados desde enero de 2001 (Euro 3) y diésel desde 2006 (Euro 4 o 5).
- Sin etiqueta: los vehículos que no cumplen ninguno de los criterios anteriores.
La fecha de matriculación no siempre basta
La DGT asocia las normas Euro a fechas de matriculación, pero en los años de transición (por ejemplo, diésel matriculados en 2015) hay vehículos de ambas normas. Por eso nuestro comprobador pide la norma Euro o tu etiqueta oficial.
Las motos y los vehículos pesados siguen criterios distintos. Consulta siempre la clasificación oficial de tu vehículo.
Cómo consultar tu etiqueta
Introduce tu matrícula en la web de la DGT. Esa es la clasificación que cuenta, no una estimación.
Vehículos con matrícula extranjera
La etiqueta DGT solo se asigna a vehículos matriculados en España. Cada ciudad decide cómo trata a los vehículos extranjeros; algunas exigen registrarlos antes de entrar. Consulta la guía para vehículos extranjeros.
Por qué existen las ZBE
La Ley 7/2021 de cambio climático obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes (y a otros en determinados casos) a establecer zonas de bajas emisiones. Cada municipio aprueba su propia ordenanza, por eso las normas cambian de una ciudad a otra.